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Ayudas para personas con enfermedad celiaca

Tipo de prestación

Ayudas de protección sociosanitaria

¿De qué se trata?

Ayudas para la compra de los productos alimenticios elaborados, tratados o preparados especialmente para responder a las necesidades nutricionales particulares de personas con enfermedad celíaca.

Cuantía

Cuantía anual de 400,00 euros.

La cuantía podrá ser prorrateada en los supuestos a que se refiere el epígrafe 7.2 de la resolución de convocatoria para 2024.

Quiénes se pueden beneficiar de la ayuda

Mutualistas o personas beneficiarias de MUFACE que padezcan la enfermedad celíaca debidamente acreditada.

 

Plazo de presentación

Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.

Lugar de presentación

  •  A través de la sede electrónica de MUFACE , las 24 horas del día, todos los días del año, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas. Se precisa certificado electrónico en vigor, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN. Si desea registrarse en Cl@ve, hay oficinas de MUFACE en las que puede hacerlo, conozca aquí cuáles son , y para conocer otros modos de hacerlo, entre aquí(Abre en nueva ventana) .
  • En Nuestras Oficinas de MUFACE, siempre con cita previa, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También por correo postal.

DOCUMENTACIÓN

Modelo de solicitud (1250  KB)Icono pdf

Informe médico (599  KB)Icono pdf

Modelo 145 Comunicación de datos al pagador (832  KB)Icono pdf

La falta de comunicación al pagador de las circunstancias personales, o de su variación, determinará que se aplique el tipo de retención correspondiente, sin tener en cuenta dichas circunstancias (Art. 88.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Normativa