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Subsidio por riesgo durante el embarazo

Tipo de Prestación

 Subsidio por riesgo durante el embarazo.

¿De qué se trata?

Es una prestación económica que pueden solicitar las mutualistas que hayan obtenido licencia por riesgo durante el embarazo. Es importante diferenciar esta situación de riesgo durante el embarazo (el riesgo está en el puesto de trabajo) de una situación de incapacidad temporal por embarazo de riesgo (hay una patología relacionada con el embarazo).

Existe un modelo específico de parte para las situaciones de riesgo.

Cuantía

El 100% de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de licencia.

Beneficiaria

La mutualista que haya obtenido licencia por riesgo durante el embarazo.

Plazo de presentación

A partir del día 91º en situación de riesgo durante el embarazo podrá solicitarse el subsidio a MUFACE.

Lugar de presentación

Los medios para solicitar el subsidio por riesgo durante el embarazo son los siguientes:

1) A través de la Sede Electrónica de Muface ( acceso a guía(Abre en nueva ventana) ), las 24 horas del día, todos los días del año. Se precisa certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. Puede registrarse en Cl@ve, sin necesidad de desplazarse a una oficina, accediendo a la Sede Electrónica(Abre en nueva ventana) de la Agencia Tributaria (apartado "Trámites Destacados/Cl@ve"  - acceso a solicitud de Cl@ve(Abre en nueva ventana) ): Recibirá una carta con un código que deberá activar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

2) En la unidad de personal del organismo donde presta servicios, cumplimentando el impreso oficial que aparece más abajo.

3) Mediante correo postal, cumplimentando el mencionado impreso oficial.

4) En cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5) En nuestras oficinas, acudiendo con cita previa. Vea en este enlace cómo puede solicitar la cita en su Servicio Provincial.

Documentación

Modelo de solicitud (472  KB)Icono pdf

Solicitud incremento IRPF voluntario (279  KB)Icono pdf

Impreso cambio cuenta corriente (374  KB)Icono pdf

Modelo 145 del IRPF -Comunicación de datos al pagadorVentana nueva

Si no se presenta el modelo 145 del IRPF, se calculará el tipo de retención sin tener en cuenta sus circunstancias personales y familiares (art. 88.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

El órgano de personal cumunicará a MUFACE la licencia del cuarto mes junto con el certificado de las retribuciones básicas y complementarias devengadas al inicio del tercer mes de licencia y de las complementarias dejadas de abonar a partir del día 91º.

Solicitud electrónica

Acceda ahora para presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica (apartado "Prestaciones Sociales/ Solicitud de subsidio por IT, RE y RLN").

Normativa

Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio(Abre en nueva ventana) , por la que se regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.