Subsidio por riesgo durante la lactancia natural
Tipo de Prestación
Subsidio por riesgo durante la lactancia natural.
¿De qué se trata?
Es una prestación económica que percibe la mutualista cuando por riesgo durante la lactancia debe cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, pero dicho cambio no resulta técnica u objetivamente posible o no puede razonablemente exigirse por motivos justificados.
Cuantía
El 100 % de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de licencia.
Beneficiario
La mutualista que haya obtenido licencia por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de nueve meses.
Plazo de presentación
Una vez cumplidos los tres primeros meses en esta situación podrá solicitarse a MUFACE el subsidio.
Lugar de presentación
A través de la Sede Electrónica de MUFACE las 24 horas del día, todos los días del año, sin necesidad de acudir a las oficinas de MUFACE. SE precisa certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve permanente o CL@ve PIN. Si desea registrarse en Cl@ve, hay oficinas de MUFACE en las que puede hacerlo, conozca aquí cuáles son, y para conocer otros modos de hacerlo, entre aquí.
En nuestras Oficinas de MUFACE o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además del órgano de personal donde el mutualista preste sus servicios.
El órgano de personal comunicará directamente a MUFACE la licencia del cuarto mes junto con el certificado de las retribuciones básicas y complementarias devengadas al inicio del tercer mes de licencia y de las complementarias dejadas de abonar a partir del día 91º.
Documentación
Modelo 145-comunicación de datos al pagador (257 KB)
La falta de comunicación al pagador de las circunstancias personales o de su variación, determinará que se aplique el tipo de retención correspondiente, sin tener en cuenta dichas circunstancias (Art. 88.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
Normativa
Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio , por la que se regula el Procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.