Reintegro de gastos de farmacia y productos dietéticos
REINTEGRO ORDINARIO DE GASTOS DE FARMACIA Y PRODUCTOS DIETÉTICOS.
Tipo de prestación:
Farmacéutica
¿De qué se trata?
Comprende el reintegro de gastos por la adquisición de productos farmacéuticos y dietéticos incluidos en la cobertura pública, en los siguientes supuestos:
- Medicamentos no comercializados en España y adquiridos a través de los Organismos competentes.
- Reintegro de determinadas cámaras de inhalación de medicamentos para uso infantil.
- Reintegro de determinadas sondas vesicales en casos excepcionales.
- Reintegro de en el caso de determinados medicamentos para patologías como: calcitonina en enfermedad de Paget, enfermos de VIH-Sida, fibrosis quística o Hipercolesterolemia Familiar Heterocigótica.
- Reintegro de las aportaciones por medicación derivada de accidentes en acto de servicio o enfermedad profesional.
Asimismo comprende el reintegro especial de gastos en los siguientes supuestos:
- 1.- Medicamentos sometidos a reservas singulares en su administración o dispensación que de manera excepcional hayan sido abonados previamente por el/la mutualista por situación de urgencia o desconocimiento del procedimiento de manera justificada.
- 2.- Productos sanitarios que, no estando expresamente excluidos de la financiación, sea imprescindible su utilización y valorados de manera favorable por MUFACE.
- 3.- Fórmulas magistrales que por sus características especiales no se pueden financiar a través de receta médica y su utilización se considera imprescindible.
Cuantía
- En los supuestos 1, 2 y 3 se reintegra la diferencia entre el importe abonado y la aportación que corresponda.
- En el supuesto 4 se reintegra la diferencia entre la aportación abonada y la aportación reducida correspondiente.
- En el supuesto 5 se reintegra la totalidad de la aportación.
- En los supuestos 1, 2 y 3, reintegros especiales, se reintegra lo abonado descontando la aportación que le corresponda.
Quienes pueden beneficiarse de esta prestación
Todo el colectivo mutualista (titulares y personas beneficiarias) independientemente de su adscripción a una Entidad pública o privada.
Lugar de presentación
La afluencia a nuestras oficinas se ha restringido a urgencias, sin cita, o, con cita previa, cuestiones que no permiten otro canal de gestión. Los canales para solicitar el reintegro son:
- A través de la Sede Electrónica de MUFACE, las 24 horas del día, todos los días del año, sin necesidad de acudir a las oficinas de MUFACE. Se precisa certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN.
- Por correo postal, utilizando el impreso y adjuntando la documentación, diríjalo a los Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE.
Documentación
Normativa
- Artículos: 74 y del 79 al 84 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo
- Artículo 102.9 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.