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Ayudas Asistenciales
Tipo de prestación
Prestación de pago único.
¿De qué se trata?
Son servicios y ayudas económicas destinados a atender determinados estados o situaciones de necesidad, no cubiertos por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos.
Destacan las ayudas al copago farmacéutico para personas mutualistas jubiladas, y las titulares viudas o huérfanas, en situación de vulnerabilidad, con arreglo a los requisitos que anualmente se recogen en la convocatoria que se publica en el BOE.
Cuantía
Corresponde a las Comisiones Provinciales de MUFACE la definición de los criterios para la concesión de Ayudas Asistenciales, con sujeción a las normas reguladoras de la prestación, a los parámetros de homogeneización establecidos por la Dirección General de MUFACE y, en concreto, a lo dispuesto en la resolución de convocatoria anual que se publica en el BOE.
Quiénes se pueden beneficiar de la ayuda
Personas mutualistas y titulares del documento asimilado al de afiliación.
Plazo de presentación
Las solicitudes se presentan en los plazos que se establecen en la resolución de convocatoria anual.
En 2026, las personas mutualistas podrán solicitar ayudas del 17 de abril al 10 de junio, ambos inclusive.
Lugar de presentación de la solicitud
Sede electrónica de MUFACE, todos los días del año, las 24 horas del día, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas. Es necesario certificado electrónico en vigor, DNI electrónico (DNI-e) o identificación digital Cl@ve.
Registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Entre ellos, las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Resolución de 10 de abril 2026, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan ayudas asistenciales para el año 2026 (BOE de 16 de abril de 2026)