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Normas de Acceso a la Cartera Concertada de Servicios

Tipo de prestación

Asistencia Sanitaria concertada en territorio nacional

¿De qué se trata?

El colectivo mutualista podrá elegir libremente especialista y centro entre la totalidad que figuran en los Catálogos de Proveedores de la Entidad de adscripción en todo el territorio nacional.

Se deberá acreditar previamente la condición de mutualista o persona adscrita, exhibiendo la correspondiente Tarjeta Sanitaria de la Entidad.

En los casos en que, por razones de urgencia, no sea posible aportar en el acto la documentación anterior, deberá identificarse con su DNI u otro documento que acredite su personalidad, y presentar aquella documentación en el plazo máximo de 48 horas.

  • Utilización de medios no concertados

Quien, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios no concertados con la Entidad, deberá abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casos de denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital, en los términos del Concierto de Asistencia Sanitaria vigente.

  • Prestaciones que precisan autorización

Los servicios que requieren autorización previa de la Entidad son:

1.1. Hospitalizaciones:

A) Hospitalización.
B) Hospitalización de día.
C) Hospitalización domiciliaria.
D) Cuidados paliativos a domicilio por equipos de soporte.

1.2. Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas:

A) Cirugía ambulatoria.

B) Odontoestomatología: Tartrectomía (limpieza de boca). Prótesis dentarias e implantes osteointegrados en accidente en acto de servicio o enfermedad profesional. Ortodoncia en menores por maloclusiones severas tras intervenciones quirúrgicas de fisura palatina, labio leporino u otra malformación esquelética facial para menores entre 6 y 15 años. Implante dental y prótesis de maxilar no implantosoportada, para pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento, y pacientes con malformaciones congénitas que cursan con anodoncia (fisurados, malformaciones linfáticas, displasia ectodérmica, síndromes craneofacales, etc.)

C) Rehabilitación, Fisioterapia y Logopedia.

D) Terapias Respiratorias: Oxigenoterapia, Ventiloterapia y Aerosolterapia a domicilio.

E) Tratamiento de Diálisis Peritoneal y Hemodiálisis.

F) Oncología: Inmunoterapia y Quimioterapia, Cobaltoterapia, Radiumterapia e Isótopos Radiactivos, Braquiterapia y Acelerador Lineal.

G) Diagnóstico por imagen: Tomografía Axial Computerizada, Resonancia Magnética, Ortopantomografía, Mamografía, PET-TC, Gammagrafía, Doppler y Densitometría Ósea.

H) Estudios neurofisiológicos.

I) Test y estudios neuropsicológicos.

J) Estudio y tratamiento endoscópico.

K) Cardiología: Estudios y tratamientos hemodinámicos.

L) Obstetricia: Amniocentesis.

M) Oftalmología: Retinografía y tratamiento láser, Tomografía Óptica de Coherencia, Tomografía Óptica con Láser Confocal (HTR - Heidelberg Retina Tomograph), Polarimetría Láser GDX, y Tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad (DMAE) por Terapia Fotodinámica o Inyección intravítrea de antiangiogénicos.

N) Tratamiento en Unidad del Dolor.

O) Estudio y tratamiento en Unidad del Sueño.

P) Litotricia renal extracorpórea.

1.3. Psicoterapia.

1.4. Asistencia a médicos consultores.

1.5. Podología.

1.6. Los servicios correspondientes al Nivel IV, Servicios de Referencia y Servicios Especiales.

1.7. Los Servicios correspondientes a los centros hospitalarios privados existentes en municipios de Nivel II donde la Entidad no dispone de centros concertados, para quienes residan en estos municipios o agrupaciones.