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Tarjeta Sanitaria Europea y Certificado Provisional Sustitutorio

Tipo de prestación

Asistencia Sanitaria en el Extranjero

¿De qué se trata?

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, en el territorio de otro Estado Miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia) así como en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido (*) y Suiza.

 

Permite acceder a los servicios públicos de salud de estos Estados durante las estancias temporales por motivos laborales, estudios u ocio, pero no en los casos en los que el desplazamiento tiene como finalidad recibir tratamiento médico.

La TSE y su Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) tienen la misma validez jurídica para acceder a la asistencia sanitaria pública en las mismas condiciones y con la misma extensión que los ciudadanos del país que esté visitando. El personal facultativo o institución sanitaria en el país en que se produzca la asistencia podrá requerir, además de la TSE/CPS, la presentación de un documento que acredite la personalidad de su titular (DNI o pasaporte).

Esta tarjeta es personal e intransferible, de forma que se emite una TSE o un CPS por persona.

(*) Gibraltar no forma parte de Reino Unido a estos efectos, y por tanto en ese territorio no es válida la TSE.

 

Ámbito de la asistencia recibida

En cada Estado su Sistema Sanitario público es diferente y puede no incluir todas las prestaciones que facilita el Sistema Nacional de Salud en España e incluso algunas de estas prestaciones pueden tener un coste para la persona usuaria que tendrá que abonar directamente.

Algunos países establecen el anticipo del importe de la asistencia (sistemas de reembolso) o abono parcial de ésta (sistema de copago); por ello, deberá informarse antes del viaje de las condiciones en las que se presta la asistencia sanitaria pública en el país de destino, dado que se le aplicarán las mismas reglas que a su ciudadanía.

En el caso de que se haya recibido asistencia en un Estado con régimen de reembolso o copago, puede solicitar que MUFACE le reintegre las cantidades satisfechas conforme a la normativa propia de la Mutualidad.

Plazo de validez

La TSE se emite con una vigencia de dos años.

El CPS se emitirá, por regla general, por un periodo inferior o igual a 30 días. El expedido por internet será válido por 30 días. Para obtener un CPS con un período de validez superior (máximo 6 meses), se debe solicitar personalmente en las Direcciones Provinciales y Oficinas Delegadas. Para ello será imprescindible justificar, aportando la documentación correspondiente, las razones por las que se va a superar ese período y no se puede solicitar la TSE.

El período de validez consta en la propia TSE/CPS. Es aconsejable comprobar que abarca la fecha prevista de regreso, si no es así, es conveniente solicitar una nueva tarjeta para asegurar la cobertura durante toda la estancia. Finalizado ese periodo se podrá solicitar una nueva.

La utilización de la TSE/CPS durante su período de validez se encuentra condicionada, además, a que su titular mantenga la condición de sujeto protegido por MUFACE durante su vigencia. Su uso indebido supondrá que la persona titular o de quien dependa tenga que hacerse cargo del coste de la asistencia y MUFACE podrá reclamarle las prestaciones indebidamente percibidas, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional décima del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio.

Lugar de presentación

Tenga en cuenta que desde que se pide la tarjeta hasta que se emite y envía por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) puede pasar un tiempo. solicítela con antelación. Mientras llega, puede solicitar un certificado provisional sustitutorio. Si tiene problemas para la descarga, vea esta guía para desbloquear ventanas emergentes(Abre en nueva ventana)

La Tarjeta Sanitaria Europea y el CPS se pueden solicitar en:

  • Sede Electrónica de MUFACE. Por este procedimiento, 24 horas al día, todos los días del año, se podrá obtener a través de un Certificado Digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN. Recomendamos obtener CL@ve, una identificación que, sin necesidad de tarjeta o software añadido, le permitirá el acceso a nuestras prestaciones y a los servicios de muchas otras administraciones públicas. Si desea registrarse en Cl@ve, conozca aquí las oficinas de MUFACE que prestan este servicio, y para conocer otros organismos de registro entre aquí.
  • Le recordamos que, además, para la solicitud de Tarjeta Sanitaria Europea y CPS tiene disponible la App Móvil de MUFACE. Para acceder a la misma no se precisa estar registrado en Cl@ve. Si desea registrarse en la APP Móvil, entre aquí.
  • Acudiendo a nuestras oficinas , Direcciones Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE, en el horario de servicio indicado.
  • Por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Además, se podrá solicitar la TSE (no el CPS) a través de correo ordinario dirigido preferentemente a la Dirección Provincial u Oficina Delegada de adscripción, incluyendo solicitud firmada. La TSE se enviará exclusivamente al domicilio de la persona titular en MUFACE que figura en la base de datos del Organismo. La TSE se recibirá en el domicilio indicado en un plazo de 10 días.

El CPS se obtendrá de forma inmediata, por lo que deberá imprimirse si se solicita a través de la sede electrónica o la App de MUFACE, o se entregará en mano en el mismo acto si la solicitud se ha hecho de modo presencial en las Oficinas de MUFACE.

En las tres vías anteriores se puede solicitar su TSE/CPS y/o la de las personas beneficiarias adscritas. Igualmente, se puede autorizar a alguna de las personas beneficiarias adscritas mayores de edad o a otras, mayor de edad, que realicen la solicitud en su nombre. En tal caso, MUFACE exigirá la presentación de la autorización escrita para realizar la solicitud, que incluirá el nombre, apellidos y número de afiliación del/la mutualista y el nombre, apellidos y DNI de la persona autorizada.

Más información

Para ampliar información podrá consultar: