Atención de Urgencia
Tipo de prestación
Asistencia Sanitaria concertada en territorio nacional
¿De qué se trata?
Es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales.
En caso de precisar Atención Sanitaria de Urgencia deberá llamar al teléfono de urgencias que consta en la Tarjeta Sanitaria emitida por la Entidad a la que este adscrito:
Teléfonos de urgencia:
- ADESLAS: 900 322 237
- ASISA: 900 900 118
- DKV: 900 300 799
- IMQC: 800 404 970
Los beneficiarios que precisen Atención Urgente deberán acudir a los Servicios de Urgencia que consten en el Catálogo de Servicios de su Entidad. Por tanto, los que, por decisión propia o de sus familiares, utilicen medios no concertados con su Entidad, deberán abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, salvo los supuestos y con los requisitos establecidos en el Concierto para la asistencia urgente de carácter vital.