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Subsidio especial en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples

Tipo de Prestación

Familiares

¿De qué se trata?

Ayuda económica de pago único a la que tienen derecho los mutualistas y las mutualistas cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Es compatible con la prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples.

Cuantía

Es el 100% de la base de cotización correspondiente al día del hecho causante por 42 días (seis semanas de descanso obligatorio) calculada en función del número de menores nacidos o acogidos simultáneamente a partir del segundo.

Es decir,

(Base de cotización en el día del hecho causante X 42 días / 365 días) X (Nº menores simultáneos - 1)

Bases anuales

Grupo/Subgrupo

 (EBEP)

 Base de Cotización

Euros/año

A1 49.914,06
A2 39.283,61
B 34.399,17
C1 30.170,49
C2 23.869,85
E (Ley 30/84) y Agrupaciones Profesionales (EBEP) 20.350,96

Perceptores de las ayudas

Es necesario que en el personal mutualista concurran los siguientes requisitos:

  • Estar de alta o en situación asimilada al alta en la Mutualidad en la fecha del hecho causante.
  • Acreditar seis meses de cotización a la Mutualidad.
  • Haber disfrutado el periodo de descanso previsto en el artículo 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

Se percibirá:

  • En caso de parto múltiple: cualquiera de los progenitores, tanto hombres como mujeres, en función de la opción escogida por la madre, en su caso.
  • En caso de adopción o acogimiento múltiples: cualquiera de los adoptantes o acogedores, tanto hombres como mujeres, a elección de ambos.

Plazo de presentación

Cinco años a partir de la fecha del parto o de la fecha de resolución judicial por la que se constituye la adopción o de la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, o bien, cuando  se trate de acogimiento simple, la fecha de la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Lugar de presentación

La solicitud se realizará a través de la Sede Electrónica de Muface en la dirección https://sede.muface.gob.es/(Abre en nueva ventana) , mediante certificado digital reconocido, DNI electrónico, identificación Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN.

Documentación

Al cumplimentar la solicitud electrónica le será solicitada:

  • Inscripción del nacimiento en el Registro Civil, o copia de la anotación en el Libro de Familia, en su caso.
  • Resolución judicial, en caso de adopción o acogimiento múltiple.

Normativa