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Subsidio por defunción

Tipo de prestación

Prestación de pago único.

¿De qué se trata?

Prestación económica de pago único por el hecho causante del fallecimiento de una persona mutualista.

Cuantía

Variable según la edad de la persona fallecida con un mínimo de 751,28 euros, para hechos causantes acaecidos desde el 1 de enero de 2013, inclusive.

Quién puede percibir la ayuda

Familiares o personas asimiladas que convivieran con la persona difunta  y a sus expensas.

Plazo de presentación

La solicitud se puede presentar durante los cinco años siguientes a partir de haberse producido el fallecimiento.

Lugar de presentación

En Nuestras Oficinas de MUFACE o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También puede presentar a MUFACE esta solicitud a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado. Para ello debe disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.

Documentación

Modelo de solicitud (1300  KB)Icono pdf

Declaración sobre mejor derecho al subsidio (de obligatoria presentación) (306  KB)Icono pdf

Declaración individual de ingresos computables ( de obligatoria presentación, salvo para el cónyuge, persona asimilada al cónyuge o hijos no emancipados) (43  KB)Icono pdf

Modelo 145-comunicación de datos al pagador (832  KB)Icono pdf

Designación de orden de beneficiarios del subsidio de defunción (155  KB)Icono pdf

Normativa

Art.133 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo(Abre en nueva ventana) .

Orden APU/95/2004, de 12 de enero(Abre en nueva ventana) . Dicta normas para la aplicación del subsidio de defunción en el Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado (BOE número 23, de 27 de enero), modificada por Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre(Abre en nueva ventana) , por la que se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Real Decreto Ley 3/2004(Abre en nueva ventana) , de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.