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Prestaciones sanitarias complementarias

  • Prótesis

    Acordeón de Prótesis

    ¿Qué prótesis son objeto de reintegro por parte de MUFACE?

    Los mutualistas que han escogido entidad sanitaria concertada podrán solicitar todas las que figuran en el Catálogo de material orto-protésico, adaptado al catálogo común de prestación orto-protésica suplementaria del Sistema Nacional de Salud, que puede consultar en nuestra web.

    La prestación orto-protésica a los titulares y sus beneficiarios adscritos al INSS, con la misma cuantía y catálogo,  les será facilitada por el Servicio de Salud de su Comunidad Autónoma de residencia o por el INGESA (Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla) en las mismas condiciones y a través del mismo procedimiento que para el resto de sus usuarios. 

     

     

  • Prestaciones dentarias

    Acordeón de Prestaciones dentarias

    Prestaciones dentarias

    ¿Cómo se pueden solicitar las ayudas dentarias?

    A partir del 1 de marzo de 2019, los mutualistas obligatorios en activo deberán presentar las solicitudes de Prestaciones Dentarias y Oculares utilizando los procesos electrónicos "Solicitud de Prestaciones Dentarias" y "Solicitud de Prestaciones Oculares" de nuestra Sede en https://sede.muface.gob.es/. Para ello, deben obtener certificado digital, DNI electrónico, o la identificación CL@ve. Destacamos la identificación Cl@ve, que permite interactuar con Muface y otras administraciones y organismos sin necesidad de tarjeta o software añadido. Para registrarse, conozca las oficinas de MUFACE en las que se presta este servic io, o entre aquí.
    Los mutualistas jubilados, Beneficiarios a título propio y mutualistas voluntarios podrán presentar solicitudes de prestaciones dentarias y oculares electrónicamente cuando lo deseen, y en papel, con el impreso oficial, podrán hacerlo  durante los días hábiles de marzo y octubre de cada año natural, ya sea en nuestras Oficinas, por correo postal o a través de los registros del art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Se ha inhabilitado el mes de mayo como consecuencua del estado de alarma por pandemia de coronavirus.
    Excepcionalmente, los mutualistas con hechos causantes cuya fecha produzca la prescripción del derecho durante el año natural en el que se formula la solicitud o se trate de prestaciones causadas por personas que ya no formen parte del colectivo mutualista,, podrán presentar sus solicitudes por los medios expresados en el apartado anterior, siempre y cuando no se haya producido dicha prescripción por el transcurso del plazo de cinco años del art. 53.1 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, Reglamento General del Mutualismo Administrativo .

    Documentación que debe acompañar, cualquiera que sea la forma de solicitud:

    Factura del odontólogo, estomatólogo o cirujano maxilofacial que haya realizado la implantación o el tratamiento. La factura debe detallar CONCEPTOS Y PRECIOS e incluir la  CONSTANCIA DEL PAGO, o ir acompañada del CORRESPONDIENTE RECIBO que acredite aquél.Así mismo, deberá contener la mención de que el servicio está exento de IVA.
    Si se trata de ORTODONCIA y el beneficiario HA CUMPLIDO LOS 18 AÑOS en la fecha de la factura, informe del médico odontólogo, estomatólogo o cirujano maxilofacial acreditativo de la fecha en que comenzó el tratamiento.

    Información completa

     

    Mi hijo está en tratamiento de ortodoncia pero el importe lo abono de forma fraccionada. ¿Cuándo puedo pedir la prestación de MUFACE?

    La puede solicitar desde el momento en que se tengan factura/facturas por importe igual o superior a la ayuda.

  • Prestaciones oculares

    Acordeón de Prestaciones oculares

    ¿Qué ayuda puedo solicitar para prótesis oculares?

    Los límites de estas ayudas son por beneficiario y facturas correspondientes al año natural. Se pueden solicitar como máximo:

    • Una gafa completa o la sustitución de dos cristales por beneficiario y año natural.
    • Dos lentillas por beneficiario y año natural. Si las lentillas fueran desechables, la ayuda máxima a conceder por esta concepto será de 30 euros por año natural y beneficiario, debiéndose solicitar de una sola vez.
    • Las prestaciones de lentilla y lentillas desechables serán incompatibles entre sí, aun cuando para cada caso no se supere las unidades/cantidad máxima financiable por año natural.
    • Información web

    ¿Cómo se pueden solicitar las ayudas oculares?

    • A partir del 1 de marzo de 2019, los mutualistas obligatorios en activo deberán presentar las solicitudes de Prestaciones Dentarias y Oculares utilizando los procesos electrónicos "Solicitud de Prestaciones Dentarias" y "Solicitud de Prestaciones Oculares" de nuestra Sede en https://sede.muface.gob.es/ . Para ello, deben obtener certificado digital, DNI electrónico, o la identificación CL@ve. Destacamos la identificación Cl@ve, que permite interactuar con Muface y otras administraciones y organismos sin necesidad de tarjeta o software añadido. Para registrarse, conozca las oficinas de MUFACE en las que se presta este servicio , o entre aquí.
    • Los mutualistas jubilados, Beneficiarios a título propio y mutualistas voluntarios podrán presentar solicitudes de prestaciones dentarias y oculares electrónicamente cuando lo deseen, y en papel, con el impreso oficial(Abre en nueva ventana) ,  podrán hacerlo  durante los días hábiles de marzo y octubre de cada año natural, ya sea en nuestras Oficinas, por correo postal o a través de los registros del art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.Se ha inhabilitado el mes de mayo para presentación de solicitudes en papel, por el estado de alarma decretado a razíz de la pandemia de coronavirus.
    • Excepcionalmente, los mutualistas con hechos causantes cuya fecha produzca la prescripción del derecho durante el año natural en el que la solicitud se formule o se trate de prestaciones causadas por personas que ya no formen parte del colectivo mutualista, podrán presentar sus solicitudes por los medios expresados en el apartado anterior, siempre y cuando no se haya producido dicha prescripción por el transcurso del plazo de cinco años del art. 53.1 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, Reglamento General del Mutualismo Administrativo .

    La documentación que debe acompañar, cualquiera que sea la forma de presentación, será la siguiente:

    • Para todas las prestaciones deberá aportarse factura del óptico o del establecimiento autorizado a estos efectos por la administración sanitaria competente para garantizar que se ha realizado la adaptación individual del producto al paciente. No obstante para las lentes terapéuticas la factura puede ser emitida por el especialista en oftalmología.
    • Se requerirá informe del oftalmólogo para la primera solicitud de ayudas ópticas para baja visión, y siempre para las de lentes terapéuticas y ayudas prismáticas para alteraciones severas de la motilidad ocular.

    Información web  

    Me he comprado unas gafas de lejos en una óptica y voy a solicitar la prestación de MUFACE. ¿Necesito la graduación del oftalmólogo?

    No. Únicamente en el caso de que la adquisición se haya realizado a través de internet, la factura deberá acompañarse de informe de especialista en oftalmología o de profesional óptico-optometrista emitido como máximo en el plazo de un año antes de la adquisición, en el que figuren los datos del paciente, así como los resultados de la graduación, que han de coincidir con los detallados en la factura.

    En resumen, se precisa informe médico del oftalmólogo para: lentes de contacto adquiridas por internet, lentes terapéuticas y prismas, emitido como máximo en el plazo de un año.

     

    Acabo de encontrar unas facturas de lentillas de hace dos años y no pedí la ayuda de MUFACE. ¿Tendría derecho a la prestación?

    Sí. El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura. La prescripción se interrumpirá, además de por la reclamación ante la Mutualidad General, por las causas ordinarias establecidas en el artículo 1973 del Código Civil.

    Tiene Vd. cinco años, desde la fecha de factura, para pedir la ayuda. El importe de la ayuda será el que esté establecido en la fecha en que se formule la solicitud.

  • Audífonos

    Acordeón de Audífonos

    Han pasado más de dos años desde que solicité la ayuda por la compra de un audífono y ahora me tengo que hacer otro. ¿Es necesario que vuelva a presentar informe del especialista?

    Sí. Para solicitar la prestación por audífono, es necesario el informe del especialista tanto en la solicitud inicial como en las renovaciones, ordinarias o extraordinarias.

    Muface me dio una prestación para la compra de un audífono y ahora tengo que repararlo. ¿Existe ayuda por este concepto?

    Sí. La cuantía de la ayuda será como máximo el 50% de la ayuda establecida para su adquisición, siempre que el audífono no se encuentre en periodo de garantía, y será tenida en cuenta a efectos del computo de plazos para la renovación del mismo artículo.

    Me tengo que poner dos audífonos y no sé si puedo pedir alguna ayuda.

    Sí. Puede usted solicitar prestación por correo postal o presencialmente en cualquier  oficina de MUFACE , presentando, cumplimentado y firmado, el Impreso de Solicitud. (Abre en nueva ventana)

    Debe ir acompañado de la siguiente documentación:

    • Informe del especialista en la materia correspondiente a la patología que justifique su prescripción y que esté concertado o preste servicios en la entidad a la que se encuentre adscrito el titular.
    • Factura n la que deberá figurar el detalle de conceptos y precios, así como la constancia del pago o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite.

    Para los Titulares adscritos al INSS/Servicios públicos de salud, la documentación que acredite que, habiendo utilizado los servicios sanitarios que les correspondían, solicitaron la prestación en el organismo competente y no la obtuvieron o lo hicieron en cuantía inferior a la financiada por MUFACE.

    Información web

  • Colchón o colchoneta antiescaras (con o sin compresor)

    Acordeón de Colchón o colchoneta antiescaras (con o sin compresor)

    Mi madre va a salir del sanatorio y el médico ha indicado que tenemos que ponerle en la cama un colchón antiescaras. ¿Tiene alguna ayuda?

    Si. Puede solicitar la prestación:

    A) POR CORREO POSTAL,

    B) PRESENCIALMENTE en cualquier oficina de MUFACE , presentando, cumplimentado y firmado, el impreso.(Abre en nueva ventana)

    C) A través del REC , con certificado digital o DNIe

    Documentación que debe acompañar, cualquiera que sea la forma de solicitud:

    • Informe del especialista en la materia correspondiente a la patología que justifique su prescripción y que esté concertado o preste servicios en la entidad a la que se encuentre adscrito el titular.
    • Factura en la que deberá figurar el detalle de conceptos y precios, así como la constancia del pago o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite.
    • Por su parte, los titulares adscritos al INSS/Sistema público de salud, la documentación que acredite que, habiendo utilizado los servicios sanitarios que les correspondían, solicitaron la prestación en el organismo competente y no la obtuvieron o lo hicieron en cuantía inferior a la financiada por MUFACE.

    Información web.