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Cambios de Entidad médica

  • Cambio ordinario de Entidad médica (mes de enero)

    Acordeón de Cambio ordinario de Entidad médica (mes de enero)

    Las personas mutualistas pueden optar por el INSS/Sistema Sanitario Público como entidad prestadora de la asistencia sanitaria, o por Entidades de Seguro, que hasta el 31 de diciembre de 2024 son ASISA, DKV y SEGURCAIXA ADESLAS.

    ¿Puedo cambiar del Sistema Sanitario Público a opción concertada y viceversa? Y si ya estoy en la opción concertada, ¿puedo elegir otra entidad?

    Sí. Las personas mutualistas y beneficiarias con Documento asimilado al de Afiliación, adscritas tanto al INSS (Sistema Sanitario Público) como a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar el cambio de sistema o entidad durante el mes de enero de cada año.

    Solo se admitirá una solicitud de cambio en cada periodo ordinario y los servicios elegidos serán obligatorios hasta la apertura del próximo periodo de cambio.

    Fuera de este periodo ordinario solo se pueden hacer cambios en determinados casos. También, si se cumplen los requisitos, se puede realizar un cambio extraordinario al INSS por razones de asistencia médico-hospitalaria. Estos procedimientos se describen en el apartado 2 de la página Cambio de entidad sanitaria .

    ¿Qué pasa si no quiero solicitar ningún cambio: debo confirmar la permanencia en mi entidad?

    No. Los titulares que no soliciten cambio continuarán adscritos automáticamente a la misma entidad en que lo estuvieran a 31 de diciembre del año anterior.

    ¿Cómo puedo gestionar el cambio ordinario de sistema o entidad de asistencia sanitaria?

    Existen varias opciones:

    ¿Debo pedir el cambio para mis beneficiarios?

    No. Las personas beneficiarias quedan adscritas a la nueva entidad y de baja en la anterior en el mismo momento que el mutualista.

    Realizado el cambio ordinario, ¿cuándo surte efecto? ¿Tengo que comunicárselo a la nueva entidad?

    En el momento en que se realiza el cambio, en la Sede Electrónica (si lo ha tramitado con identificación digital) o en su Oficina Provincial de MUFACE, usted ya está adscrito a la nueva entidad y de baja en la anterior, sin que existan períodos de carencia para ningún tipo de asistencia.

    No es necesario que realice ninguna gestión porque MUFACE se encarga de comunicar diariamente de forma telemática los cambios realizados a las Entidades Médicas y al INSS, así como cualquier dato necesario para la prestación de la asistencia sanitaria y farmacéutica recogida en el concierto sanitario.

    Podrá comprobar su nueva adscripción entrando en el servicio electrónico Sus datos en MUFACE, o descargar un certificado de adscripción, también en la sede electrónica. MUFACE ya no envía tarjetas de afiliación tras el cambio de entidad.

    Respecto a la tarjeta sanitaria, le será enviada a su domicilio por la entidad en una semana si ha cambiado a una entidad concertada. En cambio, si ha cambiado a servicio público de salud, debe ir al centro de salud a solicitar la/s tarjeta/s.

    ¿Cuándo recibiré la tarjeta sanitaria de la nueva entidad?

    Es importante resaltar que la tarjeta sanitaria la emite su entidad, no MUFACE.

    • Si ha cambiado del INSS/Servicios Públicos de Salud a una entidad concertada, o ya era de opción concertada pero ha cambiado de entidad, recibirá en su domicilio la/s tarjeta/s sanitaria/s de la nueva entidad en el plazo máximo de siete días naturales. En caso de necesidad, puede solicitar a la entidad una tarjeta sanitaria provisional.
    • Si ha realizado el cambio al INSS/Servicios Públicos de Salud, debe acudir a su Centro de Salud y solicitar su emisión.

    Si durante el mismo mes de enero, tras haber solicitado el cambio de entidad, consulto el Catálogo de Proveedores del año y observo que el médico o centro donde acudo habitualmente no figura en el cuadro médico de la nueva entidad, ¿puedo desistir de mi solicitud?

    El cambio no admite la reversión una vez solicitado. Por ello, es recomendable consultar el catálogo de la nueva entidad escogida antes de hacer una solicitud de cambio.

    Como mutualista, ¿cuántas veces puedo cambiar de entidad?

    Se puede solicitar el cambio cada año durante el periodo ordinario para hacerlo (mes de enero) o fuera de él en casos determinados, salvo que se haya producido un cambio desde una entidad concertada al INSS/Servicio Público de Salud por causas extraordinarias , en cuyo caso deberá permanecer en este durante dos años sin poder realizar ningún cambio.

  • Cambios de Entidad médica fuera del periodo ordinario o por razones extraordinarias

    Acordeón de Cambios de Entidad médica fuera del periodo ordinario o por razones extraordinarias

    Me he trasladado y cambiado de provincia de destino. Al actualizar mis datos en la oficina de MUFACE de la nueva provincia, ¿puedo cambiar a la vez de sistema o entidad sanitaria de elección?

    Sí. Cuando se produce un cambio de destino de la persona mutualista en activo que implica traslado a otra provincia o isla puede también cambiar de sistema y/o entidad sanitaria cumplimentando la solicitud correspondiente.

    Esta es una de las excepciones en que se permite el cambio fuera del periodo ordinario del mes de enero y que se especifican en el apartado 2 de la página Cambio de entidad sanitaria.

    Ha acabado el mes de enero y el plazo ordinario de cambio de entidad, pero aun así quiero cambiarme, ¿puedo hacerlo?

    Se puede autorizar el cambio desde el INSS/Sistema Público de Salud a una entidad concertada, y el cambio de una entidad concertada a otra, siempre que previamente se obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas.

    Los requisitos y procedimiento para un cambio fuera del plazo ordinario están especificados en el apartado 2.1. de la página Cambio de entidad sanitaria .

    No obstante, si el cambio fuera del plazo ordinario es desde una entidad concertada a la red sanitaria pública debe ser objeto de un procedimiento extraordinario diferente, como se explica en la respuesta a la siguiente pregunta. 

    ¿Es posible cambiarse al INSS/Sistema Público de Salud desde una entidad concertada fuera del periodo ordinario de cambio del mes de enero?

    Sí, pero solamente cuando la persona titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria que le afecten personalmente, o a cualquiera de las personas que tenga adscritas, y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/SEGURIDAD SOCIAL.

    En este caso deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años adscrito al INSS.

    El procedimiento para solicitar este cambio extraordinario y el modelo de solicitud específico están disponibles en el apartado 2.2 de la página Cambio de entidad sanitaria .