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06/06/2025

Desplazamientos al extranjero y urgencias en España: recomendaciones

Desplazamientos al extranjero y urgencias en España: recomendaciones

¿Cómo solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea y el Certificado Provisional Sustitutorio? ¿Cuál es el régimen en cualquier desplazamiento temporal al extranjero? En España, la libertad de elección supone un régimen distinto de uso de los servicios de urgencias. Los y las mutualistas de entidades concertadas (ADESLAS, ASISA) han de contactar con los servicios de urgencia de su entidad, y los que tienen destino o residencia en el extranjero y se encuentren en España han de telefonear a urgencias de Nueva Mutua Sanitaria.

Consejos para sus desplazamientos

Llegan las vacaciones y con ellas los desplazamientos masivos. Tanto si se viaja al extranjero como si hay desplazamiento por el territorio nacional, MUFACE recuerda a sus mutualistas dos cuestiones importantes, sobre las que deben informarse para evitar problemas de cobros inesperados o incidencias no cubiertas.

 

1) Desplazamientos temporales al extranjero (territorios de ámbito TSE y otros)

 

Antes de viajar al extranjero es muy recomendable informarse en nuestra página web sobre los distintos regímenes de cobertura o no cobertura en desplazamientos temporales.

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, en el territorio de otro Estado Miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia) así como en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido –salvo Gibraltar- y Suiza.

La TSE puede obtenerse, siempre de modo gratuito, a través de la sede electrónica , mediante la APP o en nuestras oficinas con cita previa . Para prever posibles retrasos de envío, es muy recomendable obtener al tiempo el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que puede descargarse en el momento a través de la sede electrónica y también en la App, o solicitarse en nuestras oficinas con cita previa.

Si el viaje tiene como destino países que no pertenecen al ámbito TSE es fundamental conocer cuál es el régimen de cobertura existente, con el fin de prever cualquier incidencia. 

En cualquier caso, tenga en cuenta que ni la TSE ni la modalidad de reintegro de gastos son equiparables a un seguro de viaje, ya que no se cubren ni gastos de repatriación, ni evacuación, ni ningún otro gasto de transporte sanitario internacional.

Tanto si viajas a Europa como a otro destino, informarte en nuestra página web te ayudará a prever cualquier contingencia. Al final de la noticia encontrarás la guía sobre deslazamientos temporales.

 

2) Emergencias en territorio nacional: Dónde llamar ante una urgencia sanitaria

 

El error en el contacto con los servicios de urgencias y la atención prestada por un sistema sanitario que no sea el elegido por la persona mutualista puede dar lugar a incurrir en gastos considerables no previstos. Por eso, es necesario saber cómo actuar correctamente ante una situación de urgencia o emergencia sanitaria.

A qué teléfonos llamar

Las personas mutualistas adscritas a servicios públicos de salud han de llamar al 112, mientras que los y las mutualistas adscritos a entidades concertadas (ADESLAS, ASISA) han de contactar con los servicios de urgencia de su entidad, y deben utilizar siempre los medios concertados que aparecen en los catálogos de su entidad en  Encuentra tu Médico :

Solo en determinadas ocasiones se podría recurrir a medios ajenos, pero siempre y cuando así lo indique la entidad. Por este motivo, la pauta es llamar siempre en primer lugar a los teléfonos indicados.

Adscritos al CASE

El colectivo mutualista adscrito al Concierto de Asistencia Sanitaria en el Exterior (CASE), en caso de urgencia o emergencia en España, debe llamar al teléfono 800 654 365 (Nueva Mutua Sanitaria).

 

Qué es la Asistencia sanitaria de urgencia: ¿Está cubierto todo el colectivo mutualista?

La asistencia sanitaria de urgencia es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales

Esta prestación incluye también el transporte sanitario terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica del paciente, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que pueda atender de forma óptima la situación de urgencia.

Forma parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud y está incluida por tanto en el Concierto suscrito por MUFACE con entidades de seguro para el periodo 2025-2027.

¿Qué ocurre en caso de estar adscrito/a a una entidad concertada y utilizar medios de los servicios públicos de salud?

Cualquier mutualista de adscripción concertada que, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios no concertados con su Entidad, deberá abonar sin derecho a reintegro los gastos que puedan ocasionarse, salvo que se cumplan los requisitos para la asistencia urgente de carácter vital, es decir, que se trate de un supuesto de los recogidos en el Cap. 5, apartado 3 del Concierto suscrito con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma durante los años 2025, 2026 y 2027.

Interpretación jurídica

Desde un plano estrictamente  jurídico se considera que existe urgencia de carácter vital cuando se produce una patología cuya naturaleza y síntomas hagan presumible un riesgo vital inminente o muy próximo, o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse atención terapéutica de inmediato. Además, existen otras condiciones para que se cumpla este supuesto y casos especiales. Es importante que la elección del medio sea siempre razonable, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión de la persona enferma y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios.

Esta definición no separa la necesidad de atención inmediata y el medio razonablemente elegido. La sola insuficiencia de medios no justifica acudir a medios no concertados.

 

Consultas: Guía de Atención de Urgencias de MUFACE y oficinas

Para aclarar cualquier duda, en la web de MUFACE hay una Guía de Atención de Urgencias y Emergencias, que se recomienda leer con atención. Hacerlo puede evitar la desagradable sorpresa de recibir facturación por uso de servicios sanitarios ajenos y complicados trámites posteriores de reclamación. Así mismo, también se ofrece la posibilidad de consultar con la propia oficina de MUFACE a la que pertenezca el o la mutualista, o bien la del lugar en el que se encuentre, donde serán orientados sobre las cuestiones mencionadas.

Abajo puedes encontrar las guías de desplazamientos temporales al extranjero  y de urgencias y emergencias en España.

 

 

 

 

 

 

 

 

Enlaces de interés: