accesskey_mod_conten
Barra separa cabecera de cuerpo

Programa antitabaco MUFACE

Desde el 1 de enero de 2020 se han incluido en la financiación del Sistema Nacional de Salud (SNS) determinadas presentaciones de medicamentos para la deshabituación tabáquica. MUFACE financia todos aquellos medicamentos incluidos en la cartera de prestación farmacéutica del SNS, en las condiciones que se hayan establecido por el Ministerio de Sanidad.

En este momento,a noviembre de 2023, el Ministerio de Sanidad ha acordado la financiación de algunos medicamentos para tratamientos de apoyo a la deshabituación tabáquica, en concreto CHAMPIX® (VARENICLINA), ZYNTABAC® (BUPROPION), TODACITAN® (CITISINA) Y RECIGARUN© (CITISINA) con sujeción a determinadas condiciones. La financiación de estos medicamentos se restringe a pacientes que sigan un programa de apoyo o atención al tabaquismo, con motivación expresa para dejar de fumar, que fumen 10 cigarrillos o más al día y tengan, además, un alto nivel de dependencia calificado por el test de Fagerström ≥ 7

Para tener acceso  a esta terapia   se precisa una prescripción médica (receta).

Siempre de acuerdo con lo previsto en la  cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, MUFACE garantiza a sus mutualistas la posibilidad de seguir una terapia antitabaco cuando cumplan los requisitos para ello, tanto si han elegido Servicio Público de Salud como si su elección ha sido la de entidad concertada. Para establecer un protocolo de actuación en la terapia antitabaco para mutualistas que han elegido entidades concertadas se ha creado un Programa Antitabaco de MUFACE ( enlace),(Abre en nueva ventana) Existen además otros programas o protocolos para determinados colectivos, que también están disponibles y son válidos.

Como se ha dicho antes, para tener acceso a esta terapia se precisa una prescripción médica (receta), y la aportación del usuario será del 30%, como en cualquier receta de medicamentos

Procedimiento para mutualistas que ha elegido entidad concertada.

El colectivo mutualista de adscripción a una Entidad de Seguro debe acudir a un Médico de Atención Primaria (MAP) quien tras un primer contacto y valoración de determinadas características que se deben cumplir, determinará su posible inclusión en la financiación del tratamiento de la deshabituación tabáquica

Una vez que su MAP ha decidido prescribir uno de estos medicamentos ha de acudir a su Servicio Provincial (SP) con el informe médico o modelo de prescripción (disponible aquí,enlace) (Abre en nueva ventana) y la receta. El Servicio Provincial validará dicha receta con un sello y fecha, teniendo la misma una validez de 10 días desde dicha fecha.

Procedimiento para mutualistas que han elegido Servicio Público de Salud.

El colectivo mutualista de adscripción al Servicio Público de Salud (SPS) correspondiente seguirán las normas de inclusión en el programa de estos SPS ( enlace). En cuanto a las recetas, en aquellas Comunidades Autónomas (CCAA) que tengan implantada la receta electrónica no es necesario ningún control por parte del Servicio Provincial de MUFACE. Por el contrario, en aquellas CCAA que no tengan todavía implantada la receta electrónica para el colectivo mutualista, será necesaria la validación de la receta por parte del Servicio Provincial.