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Reconocimiento médico en caso de denegación de licencia por incapacidad temporal

Tipo de prestación

Incapacidad

¿De qué se trata?

Quienes se encuentren en situación de incapacidad temporal solo pueden solicitar a MUFACE un reconocimiento médico cuando el órgano de personal deniegue la licencia de incapacidad temporal por informe del servicio médico propio de que dispone. El propósito de dicho reconocimiento es dirimir la contradicción entre el criterio del personal médico que expide el parte de baja y el del servicio médico del órgano de personal, que recomienda el alta. El resultado de la valoración confirmará la denegación de la licencia por enfermedad o, por el contrario, la revocará.

Contra la nueva resolución se puede interponer recurso, sin que, en ningún caso, quepa instar una nueva valoración médica.

Plazo de presentación

Diez días hábiles contados desde la fecha en que se comunicó la denegación de la licencia. La presentación de esta solicitud, de la que debe tener conocimiento la unidad de personal, no suspenderá los efectos de la decisión denegatoria.

Lugar de presentación

1) A través de la Sede Electrónica de MUFACE ,  las 24 horas del día, todos los días del año. Se precisa certificado electrónico, DNi electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. Puede  registrarse en Cl@ve, sin necesidad de desplazarse a una oficina, accediento a la Sede Electrónica(Abre en nueva ventana) de la Agencia Tributaria (apartado "Trámites Destacados/Cl@ve" - acceso a solicitud de Cl@ve(Abre en nueva ventana) ): Recibirá una carta con un código que deberá activar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

2) Mediante correo postal, cumplimentando el mencionado impreso oficial.

3) En cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4) En nuestras oficinas, acudiendo con cita previa. Vea en este enlace cómo puede solicitar la cita en su Servicio Provincial.

Documentación

La solicitud irá acompañada del parte de baja y del resultado del reconocimiento médico en que se basa la denegación de la licencia.

Para el reconocimiento podrá aportarse en la Unidad Médica de Seguimiento el historial médico de la situación de incapacidad temporal o cuanta documentación médica se considere oportuna. MUFACE trasladará el resultado al órgano de personal y a la persona solicitante del reconocimiento.

El resultado tiene carácter vinculante.

Solicitud de reconocimiento médico (304  KB)Icono pdf

Solicitud Electrónica

Acceda ahora para presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica (apartado "Mutualistas y Beneficiarios/Reconocimiento médico por incapacidad temporal").

Normativa

Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio(Abre en nueva ventana) , por la que se regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.