Prestaciones por Material Ortoprotésico
Tipo de prestación
Prestaciones Complementarias
¿De qué se trata?
Prestación complementaria de la asistencia sanitaria destinada a los mutualistas y demás beneficiarios que, habiendo escogido entidad sanitaria concertada, precisen la utilización de determinados productos sanitarios de uso externo relacionados en el Catálogo General de Material Orto-protésico. Los mutualistas que han elegido Servicio Público de Salud y sus beneficiarios deben solicitar la prestación por dicho Servicio de Salud o por el INGESA, en el caso de Ceuta y Melilla, en las mismas condiciones y a través del procedimiento que establezcan para sus usuarios. El Importe máximo de financiación es el mismo en todos los casos.
La prestación ortoprotésica comprende:
- Prótesis externas (productos sanitarios que requieren una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigidas a sustituir un órgano o parte de él, no precisan la implantación quirúrgica en el paciente).
- Sillas de ruedas (vehículos individuales para favorecer el traslado de personas que han perdido, total o parcialmente y de forma permanente, la capacidad de deambulación y que sean adecuados a su grado de invalidez).
- Ortesis (productos sanitarios de uso externo no implantables que, adaptados individualmente al paciente, se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto).
- Prótesis Especiales (aquellas que, no correspondiendo por sus características a ninguno de los apartados anteriores, se encuentran incluidas en el Catálogo General de Material Ortoprotésico).
Cuantía
Determinada en el Anexo I (Catálogo General de Material Ortoprotésico) de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio.
Beneficiario
Los mutualistas en alta o situación asimilada y sus beneficiarios.
Plazo de presentación
El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura de adquisición del material ortoprotésico. La prescripción se interrumpirá, además de por la reclamación ante la Mutualidad General, por las causas ordinarias establecidas en el artículo 1973 del Código Civil.
Lugar de presentación
- Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE
- Correo postal o Registros del art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- También a través del REC.
Documentación
Modelos informe médico prescripción:
- Modelo informe médico normalizado prescripción prestación ortoprotésica
- Modelo informe médico normalizado prescripción silla de ruedas eléctrica
- Modelo de solicitud COMP_ORTOPROTESICA_DPSA_17_A_ES.pdf
(la documentación a aportar es la que se indica en el impreso de solicitud)
Normativa
Anexo I de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, en la redacción dada por Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifican los Anexos I, II y III de la citada Orden APU/2245/2005, de 30 de junio.
TE PUEDE INTERESAR |
---|
Prótesis (FAQ) |